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QUIEN DEBE RENTAR? § Aquellas personas o empresas que requieran equipo de cómputo por periodos variables § Aquellos negocios que busquen constantemente la tecnología de punta. § Empresarios que requieran ofrecer seminarios o capacitación por periodos temporales. § Empresas que inician y que su flujo este limitado o se encuentran en un periodo de consolidación. § Ejecutivos que requieren un equipo móvil y confiable para un proyecto específico. § Empresas que tengan que montar una exhibición, en algún centro de exposiciones, hoteles, etc., por tiempo limitado y que requieran apoyo técnico eficiente. § Empresas que requieran computadoras para empleados temporales o subcontratados o por proyecto. EXISTEN MUCHAS ACTIVIDADES QUE SE PUEDEN VER BENEFICIADAS, APROVECHANDO LAS VENTAJAS DE RENTAR. INTENTELO, NO SE ARREPENTIRA.. TIPOS DE RENTA I RENTA POR PERIODOS FLEXIBLES : En MEDITEC ofrecemos rentas a su medida. Ofrecemos la flexibilidad de rentar por tiempos de 1 hasta 1,095 días, además de que contamos con el equipo y personal para rentarle las computadoras con las características que usted necesita y en el momento que las requiera. II RENTA CON OPCIÓN A COMPRA : Existen dentro del mercado actual situaciones en donde algún proyecto puede tener resultados o tiempos variables. En Meditec sabemos que en un mercado tan incierto, se requieren opciones de RENTA FLEXIBLE. Por tal motivo contamos con RENTAS en las cuales nuestros clientes pueden elegir COMPRAR los equipos en cualquier momento, mismos que tendrán un COSTO PREFERENCIAL y un DESCUENTO ADICIONAL de HASTA EL 30% los pagos efectuados al rentar. III RENTA A LARGO PLAZO : Manejamos la opción de renta a plazos largo (arrendamiento PURO) este sistema opera al genera un contrato por el cual se obliga a una persona física o moral (arrendador) a otorgar el uso o goce respecto de un bien a otra persona física o moral (arrendatario) quien a su vez en contraprestación debe efectuar un pago convenido por cierto periodo de tiempo preestablecido.
Ventajas del Arrendamiento Puro:
Fiscales:
Financieras:
*En caso de que al término del contrato exista un contrato de compra venta del bien entre el arrendador y el arrendatario, el bien tendrá que ser enajenado a valor comercial o de mercado. | |||||||||||||||||||||||||||||||
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